Transparencia y Acceso a la Información
La Constitución Política de la República de Panamá asegura el derecho de acceso a la información pública por parte de la ciudadanía. El artículo 43 destaca que:
“Toda persona tiene derecho a solicitar información de acceso público o de interés colectivo que repose en bases de datos o registros a cargo de servidores públicos o de personas privadas que presten servicios públicos, siempre que ese acceso no haya sido limitado por disposición escrita y por mandato de la Ley, así como para exigir su tratamiento leal y rectificación.”
En materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley 33-2013 crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI). Esta norma regula aspectos como las disposiciones generales, atribuciones y facultades, la Unidad de Enlace y Oficial de Información en las entidades públicas, y demás aspectos administrativos como lo son las potestades del director general, del recurso humano; entre otros.
Por otra parte, el Estado Panameño a través de la Ley 6-2002 dicta las normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Habeas Data y otras disposiciones. Esta norma contiene diez capítulos; a continuación, se mencionan aquellos que se consideran de mayor relevancia para esta plataforma son:
- Capítulo II. Libertad y Acceso a la Información
- Capítulo III. Obligación de Informar por Parte del Estado
- Capítulo IV. Información Confidencial y de Acceso Restringido
- Capítulo VII. Participación Ciudadana en las Decisiones Administrativas y sus Modalidades
En cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo III y Capítulo VII, por medio de una transparencia activa el Estado Panameño puede utilizar la plataforma para publicitar la información destacada en esta norma en sus artículos 9 y 10.